La instancia de Policía Nacional es la solicitud oficial que permite participar en el proceso de acceso a la Escala Básica. Su presentación se realiza obligatoriamente por internet mediante el modelo 790, código de tasa 088, disponible en el Portal del Aspirante.
Para que la inscripción sea válida no basta con rellenar el formulario o pagar la tasa. Debes completar la solicitud, firmarla electrónicamente y registrarla dentro del plazo establecido.
En la convocatoria BAS43 de 2026, el plazo de inscripción permaneció abierto del 13 al 31 de julio de 2026. Actualmente, ya no pueden presentarse nuevas solicitudes para este proceso.
Si registraste la instancia dentro del plazo, conserva el justificante y comprueba las próximas publicaciones de la convocatoria de Policía Nacional, especialmente la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
Información revisada: 20 de agosto de 2026.
¿Has completado correctamente la inscripción? ¿Tienes claro cómo funciona la inscripción en Policía Nacional?
Haz este test breve y comprueba si conoces los pasos esenciales para presentar la instancia sin dejar ningún trámite a medias.
La convocatoria BAS43 se publicó en el BOE el 10 de julio de 2026 y concedió 15 días hábiles para presentar la solicitud.
El plazo estuvo abierto:
Del 13 al 31 de julio de 2026, ambos inclusive.
La fecha límite afectaba a todos los trámites necesarios:
Pagar la tasa el último día y registrar la solicitud después del plazo no equivale a haberse inscrito correctamente. Todos los pasos debían quedar completados antes de que terminara el 31 de julio.
No. Una vez cerrado el plazo, no es posible registrar una nueva solicitud para la convocatoria BAS43.
La fase de subsanación permite corregir determinados defectos de una instancia presentada dentro del plazo, pero no sirve para incorporarse al proceso si nunca se llegó a registrar la solicitud.
Si no te inscribiste, puedes empezar a preparar la próxima convocatoria:
La solicitud se tramita únicamente a través del Portal del Aspirante de la Policía Nacional. No se presenta mediante un formulario en papel ni enviando documentación por correo electrónico.
Para acceder al procedimiento pueden utilizarse los sistemas admitidos por Cl@ve:
Antes de empezar, comprueba que el sistema de identificación funciona y que tienes disponibles los datos y documentos que puedas necesitar.
No lo dejes para el último momento: una contraseña caducada o un problema con el certificado puede impedirte terminar el registro.
El procedimiento general es el siguiente:
La inscripción solo vale cuando el formulario está cumplimentado, firmado, pagado y registrado dentro del plazo.
Comprueba especialmente:
Si no indicas una sede de examen, la convocatoria establece la asignación a Madrid. La sede seleccionada tampoco es definitiva: el tribunal puede modificar las ubicaciones por motivos organizativos.
La solicitud permite que la Administración consulte determinados datos relacionados con:
También incluye la autorización para someterse a las pruebas médicas y análisis previstos en el proceso.
Si te opones a una consulta, tendrás que aportar posteriormente la documentación acreditativa correspondiente. Oponerse no elimina el requisito: simplemente cambia la forma de demostrar que lo cumples.
La cuantía de la tasa y las condiciones para obtener una exención o bonificación deben comprobarse en cada convocatoria. Aunque estos importes se han mantenido durante los últimos años, podrían modificarse en procesos posteriores.
En la convocatoria BAS43 de 2026, la tasa ordinaria era de:
15,57 euros.
El pago debía realizarse telemáticamente mediante el modelo 790, código 088, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Para completar la operación era necesario disponer de:
Una vez efectuado el pago, la entidad generaba un Número de Referencia Completo o NRC, que quedaba incorporado al justificante.
Las condiciones de exención también deben revisarse cuando se publique una nueva convocatoria. En la BAS43 podían quedar exentas:
Para la convocatoria de 2026, el Portal del Aspirante aclaró que las personas desempleadas debían:
Por lo que, estar desempleado no daba derecho automáticamente a la exención.
Las personas pertenecientes a una familia numerosa de categoría general podían aplicar una bonificación del 50 %. En la convocatoria BAS43, la tasa reducida era de:
7,79 euros.
Las exenciones y bonificaciones debían solicitarse y acreditarse durante el plazo de presentación de instancias. La documentación justificativa tenía que adjuntarse a través del Portal del Aspirante.
Estos importes y condiciones son los correspondientes a la convocatoria de 2026. Para futuros procesos, deberá comprobarse lo establecido en las nuevas bases oficiales.
Quedar excluido por un error atribuible a la persona aspirante no da derecho a recuperar la tasa.
La tasa solo se devuelve en situaciones concretas: cuando la prueba o el trámite no pueden realizarse por una causa ajena a ti, o cuando se ha cobrado una cantidad que no correspondía. Si quedas excluido por un error en la solicitud o por no cumplir los requisitos, no podrás solicitar su devolución.
Después de terminar la inscripción debes descargar y conservar:
El documento más importante es el recibo que acredita que la solicitud fue firmada y registrada dentro del plazo.
Un cargo en la cuenta bancaria demuestra que se realizó un pago, pero no confirma por sí solo que la instancia quedara presentada.
Revisa que aparezcan correctamente:
Si falta el justificante de registro, entra en el Portal del Aspirante y revisa el apartado:
Mis inscripciones → Ver detalle → Mi documentación
Desde ese espacio también puedes consultar el estado de tu expediente y recuperar los documentos generados durante la tramitación.
Aunque el portal muestre la solicitud como registrada o admitida, debes comprobar posteriormente la lista oficial de personas admitidas y excluidas. El estado mostrado durante la inscripción no sustituye la resolución del proceso.
Los principales fallos que pueden provocar una incidencia o exclusión son:
Antes de enviar la solicitud, revisa todos los datos de principio a fin. Unos minutos de comprobación pueden evitar una exclusión posterior.
Durante el periodo de inscripción, el Portal del Aspirante permite modificar una solicitud registrada siguiendo las opciones disponibles en el propio expediente.
Después de realizar cualquier cambio:
No des por válida una modificación hasta que aparezca reflejada en la documentación del expediente.
Si el Portal del Aspirante presenta un fallo:
Una incidencia individual no amplía automáticamente el plazo. La convocatoria solo contempla una ampliación o una forma alternativa de presentación cuando exista una incidencia técnica debidamente acreditada y el órgano convocante lo acuerde oficialmente.
Finalizado el plazo de inscripción, la Dirección General de la Policía publicará en el BOE la resolución con la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
La situación individual podrá comprobarse en:
La consulta también permitirá revisar las sedes designadas para la primera y la segunda prueba.
Las personas excluidas tendrán de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE, para corregir el defecto o presentar una reclamación.
La subsanación se hace telemáticamente y solo permite aportar documentación relacionada con el motivo de exclusión.
Pueden ser subsanables, dependiendo de la causa:
No son subsanables los requisitos que debían cumplirse antes de que terminara el plazo. Por ejemplo, no puedes obtener después del 31 de julio el permiso B, el Bachillerato o el nivel A2 y pretender que tengan efectos para esta convocatoria.
Una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva. Si apareces excluido en esa lista, no podrás continuar en el proceso.
Si has presentado la solicitud, no debes limitarte a esperar la lista de admitidos. Utiliza este periodo para:
La inscripción es solo el primer paso. El examen y las pruebas de acceso de Policía Nacional son eliminatorios y exigen una preparación coordinada.
La solicitud se presenta exclusivamente por vía telemática en el Portal del Aspirante de la Policía Nacional. Para acceder se utiliza alguno de los métodos admitidos por Cl@ve.
La inscripción se realiza mediante el modelo 790, código de tasa 088. El formulario se genera dentro del Portal del Aspirante al iniciar la solicitud.
La tasa ordinaria de la convocatoria BAS43 era de 15,57 euros. Las familias numerosas de categoría general podían pagar 7,79 euros, mientras que otros colectivos podían solicitar la exención completa.
No. Además de pagar, debes cumplimentar, firmar electrónicamente y registrar la solicitud dentro del plazo. El recibo de registro es el documento que acredita la presentación.
No. Una vez cerrado el periodo de inscripción no pueden presentarse nuevas solicitudes. La subsanación solo permite corregir determinados defectos de una instancia que haya sido registrada dentro del plazo.
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